Nueva normativa de la DGT para patinetes eléctricos: Casco obligatorio, edad mínima y chaleco reflectante

El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma crucial del Reglamento General de Circulación destinada a proteger a los usuarios vulnerables. Este cambio normativo introduce importantes obligaciones y restricciones para los conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en España, con el objetivo de reducir la siniestralidad urbana.

Principales cambios en la normativa VMP: Obligaciones y restricciones

La nueva regulación unifica criterios a nivel nacional, eliminando la dependencia exclusiva de las ordenanzas municipales en aspectos clave de la seguridad vial. Si eres usuario de un patinete eléctrico, estas son las nuevas reglas que debes cumplir:

  • Edad mínima de conducción: Se establece de forma fija la edad mínima de 15 años para poder circular con un VMP en espacios públicos.
  • Uso obligatorio del casco: El uso del casco protector deja de depender de los ayuntamientos y pasa a ser obligatorio por ley en toda España para todos los conductores de patinetes.
  • Chaleco reflectante: Será obligatorio vestir un chaleco o prenda reflectante durante la conducción nocturna o en condiciones de baja visibilidad.
  • Alumbrado siempre encendido: Los patinetes eléctricos deberán llevar los sistemas de iluminación activos en todo momento, tanto de día como de noche.
  • Riders profesionales: Los repartidores y profesionales que utilicen el VMP para su actividad laboral deberán llevar el casco y el chaleco reflectante obligatoriamente en todo momento.

Plazos y calendario de entrada en vigor

Para permitir una adaptación progresiva de los usuarios y del mercado, el Gobierno ha fijado un calendario escalonado para la aplicación de las distintas medidas:

Calendario de aplicación oficial:

  • 1 de octubre de 2026: Entrada en vigor de la edad mínima (15 años), el uso obligatorio del casco y el chaleco reflectante nocturno.
  • 1 de octubre de 2027: Entrada en vigor de la obligatoriedad de circular con el alumbrado siempre encendido.

Prohibición definitiva en aceras y espacios peatonales

El nuevo texto legal ratifica y refuerza la prohibición absoluta de circular con patinetes eléctricos por las
aceras, zonas peatonales y vías interurbanas. Los VMP quedan limitados exclusivamente a las calzadas urbanas autorizadas y carriles bici, consolidando su estatus como vehículos sujetos a las normas estrictas de tráfico.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿A partir de qué edad se puede llevar un patinete eléctrico tras la reforma?

La edad mínima oficial queda fijada en los 15 años en todo el territorio nacional a partir del 1 de octubre de 2026.

¿Qué multa me pueden poner por circular sin casco o sin chaleco?

Al pasar a ser una obligación del Reglamento General de Circulación, las sanciones por no llevar casco o prenda reflectante se catalogan como infracciones graves, con multas que ascienden a los
200 euros.

¿Es necesario llevar las luces encendidas a plena luz del día?

Sí, pero esta medida específica entrará en vigor de forma obligatoria un año más tarde, concretamente el 1 de octubre de 2027.

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